A- de 2022
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Jamioy Jimenez Maria Concepción·Demandado Segundo Aurelio Mavisoy Chindoy
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Sibundoy, Putumayo y el Resguardo indígena Kamentsa Biya de Sibundoy, Putumayo.
La controversia entre las entidades precitadas tuvo su origen en una demanda ejecutiva de alimentos presentada en contra de un ciudadano indígena, por incumplimiento con la cuota alimentaria de su hija menor de edad, fijada en acta de conciliación suscrita ante la Comisaría de Familia Intermunicipal del Valle de Sibundoy, Putumayo.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala concluye que no están dados los presupuestos para la aplicación del fuero indígena y no existen razones para abstraer a la jurisdicción ordinaria del conocimiento del proceso ejecutivo adelantado en contra del ciudadano.
En consecuencia, la Sala Plena ordenó remitir el expediente al Juzgado Promiscuo de Familia de Sibundoy, Putumayo, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DIRIMR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Sibundoy, Putumayo y el Resguardo indígena Kamentsa Biya de Sibundoy, Putumayo, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento del proceso ejecutivo de alimentos radicado bajo el número 86-749-318-4001-2019-00063, en donde figura como demandado el señor
- Segundo. Aurelio Mavisoy Chindoy, corresponde al Juzgado Promiscuo de Familia de Sibundoy, Putumayo.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-160 al Juzgado Promiscuo de Familia de Sibundoy, Putumayo, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.